Cinco excomandantes de las Farc fueron imputados por hechos de violencia sexual y otras violencias basadas en género cometidas en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca. Así lo informó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) este 21 de septiembre.
Según el tribunal, la Sala de Reconocimiento de Verdad determinó que estas violencias “no fueron hechos aislados”, sino que “configuraron un patrón criminal ejercido en el marco de la disputa por el control territorial y social de esta región”. Esto se presenta bajo el Caso 05, que se refiere a la situación territorial de las regiones mencionadas.
La JEP añadió que este es el décimo patrón criminal identificado en ese caso, y que la decisión atribuye responsabilidad de mando a cinco antiguos comandantes de la antigua guerrilla “por no haber ejercido un control efectivo para prevenir, investigar y sancionar los crímenes cometidos por sus subordinados”.
Los comparecientes son conocidos con los alias de Calixto, Ricardo, Jaime Barragán, Monín y Leonel Páez.
Diferencias entre crímenes de guerra y de lesa humanidad en la JEP
Con respecto a los crímenes de lesa humanidad por los que la JEP llamó a estos comparecientes a reconocer responsabilidad, estos incluyen violación, “otras formas de violencia sexual de gravedad comparable”, y persecución por motivos de género.
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En cuanto a crímenes de guerra, se trata de los de violación, tortura y ultrajes contra la dignidad personal.
Entre esos dos conceptos vale hacer una precisión. Los crímenes de guerra corresponden a las violaciones graves del derecho internacional humanitario (DIH), aquel que busca limitar los efectos de los conflictos armados. Porque hasta la guerra tiene ciertas reglas.
De ahí que esos tres crímenes mencionados sean considerados crímenes de guerra. La diferencia con los de lesa humanidad es que estos pueden cometerse en tiempos de guerra o de “paz”. Y se cometen como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil.
Municipios y víctimas afectadas por violencia de género de las Farc
Ahora bien, la investigación de la Sala de Reconocimiento documentó 68 hechos atribuidos a las Farc, cometidos contra 35 víctimas. De ellas, treinta eran civiles y cinco pertenecían a ese grupo armado.
Los hechos se concentraron en 17 municipios de la región. En Cauca, estos fueron especialmente Miranda, Corinto, Toribío, Jambaló, Caldono y Santander de Quilichao. En Valle del Cauca fue Florida.
En la población civil, la Sala identificó situaciones en las que ocurrieron las violencias. Contra mujeres y niñas en sus casas o fincas, mientras transitaban por los caminos de la región y como forma de castigo frente a determinadas conductas. Entre ellas, negarse a ingresar a la organización, cumplir directrices directas o permitir el reclutamiento de algún familiar.
Impactos diferenciales en comunidades étnicas y población LGBTIQ+
Teniendo en cuenta crimen por crimen, la violencia sexual produjo daños que fueron más allá de los hechos: afectaciones a la salud física y reproductiva, estigmatización, pérdida de oportunidades sociales y económicas, rupturas familiares y nuevos desplazamientos.
En cuanto a la persecución por motivos de género, el tribunal documentó persecución contra personas con orientación sexual, identidad y expresión de género diversas. Esto fue mediante intimidaciones, hostigamientos, amenazas, desplazamiento forzado y violencia sexual.
No solo eso: los impactos también tienen una perspectiva étnica territorial, según la JEP. “Para el Pueblo Nasa la violencia sexual contra las mujeres desarmoniza la ‘Uma Kiwe’, la Madre Tierra, y afecta a toda la comunidad. En pueblos afrodescendientes, estas conductas afectaron la espiritualidad, su organización social y sus prácticas culturales”, explica el tribunal.
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El Caso 05, informaron, es el que más víctimas acreditadas tiene en la JEP: 461 víctimas individuales, que incluyen a 10 víctimas LGBTIQ+, y 207 víctimas colectivas (como pueblos étnicos, organizaciones sociales o comunidades territoriales) que reúnen a más de 180.000 personas.
Plazos para reconocimiento de responsabilidad y sanciones de la JEP
¿Qué sigue entonces? Los cinco comparecientes de las Farc tendrán 30 días hábiles para reconocer o no su responsabilidad en los hechos y responder los requerimientos de las víctimas.
En caso de que reconozcan su responsabilidad, seguirán la ruta hacia una eventual Sanción Propia. Estas son sanciones de cinco a ocho años y serán para “los comparecientes que fueron partícipes determinantes de la comisión de los crímenes más graves y representativos del conflicto armado, siempre y cuando aporten verdad plena y acepten la responsabilidad de los mismos ante la Sala de Reconocimiento”, según la JEP.
Estas sanciones tienen como consecuencia realizar “Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador-Reparador”.
Es decir, no incluyen cárcel, sino un componente de restricción “efectiva” de libertades y derechos como la libertad de residencia y movimiento.
Entre algunas específicas hay programas de reparación para campesinos desplazados, sustitución de cultivos de uso ilícito o construcción y reparación de infraestructuras.
Contexto político de fondo
Este anuncio se presenta en medio de la puja entre el gobierno de Abelardo de la Espriella y el tribunal transicional. El primer mandatario aplaudió una propuesta del senador de Salvación Nacional, Enrique Gómez, para quitarle $100.000 millones a la entidad y trasladarlos al Consejo Superior de la Judicatura.
Sin embargo, el magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la JEP, cuestionó las iniciativas respaldadas por el Gobierno de Abelardo de la Espriella y advirtió sobre sus posibles efectos en la independencia y el funcionamiento de la jurisdicción.
Tomado de El Colombiano.
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