La Alcaldía dictó la nulidad de los actos surtidos hasta la fecha en el proceso que se le seguía al sacerdote Diego Fernando Huertas, representante legal de la parroquia San Francisco de Asís, acusado de haber construido una capilla en el espacio público del parque del barrio Ciudad Jardín.
La medida, según explicó el secretario de Gobierno, Oscar Gerardino, se produjo al hacerse la revisión plena del proceso y luego surtir efecto el recurso de reposición al fallo de segunda instancia interpuesto por la parte acusada.
“Se decretó la nulidad, porque no se estaba garantizando el debido proceso”, dijo el funcionario.
Al ser indagado sobre el motivo que dio origen a la nulidad del acto, Gerardino dijo que obedeció a que en el momento de la notificación de los hechos a Huertas no se hizo a título de representante legal de la comunidad franciscana, sino como párroco de la parroquia San Francisco de Asís.
La prueba de representación de persona jurídica de derecho privado era la que debía haber sido allegada, pero en el proceso se omitió. “Se le notificó a él como párroco, más no como representante de la comunidad franciscana; ahí radicó el hecho que desembocó en la nulidad del acto”, dijo el Secretario de Gobierno del municipio.
Agregó que como consecuencia de esta omisión se deberá emprender de nuevo el proceso contra la comunidad franciscana a la que pertenece Huertas, representante legal de la parroquia San Francisco de Asís.
Esto implica la apertura de un nuevo proceso en el que la Secretaría de Gobierno deberá notificar a la Inspección de Policía Urbana de Cúcuta y a la Dirección de Planeación el emprendimiento de un nuevo trámite, para que se encarguen de verificar la forma en que se construyó la citada capilla, la cual a juicio de la comunidad del barrio Ciudad Jardín se levantó en el espacio público del parque.
En el primer proceso que se llevó a cabo por parte del inspector urbano de Policía, Edgar Armando Rozo Vera, en resolución 3875 de 2014, se resolvió que la capilla debía ser demolida, dado que se construyó “sin permiso alguno de autoridad competente”.
Gerardino dijo que todos estos hechos deberán ser de nuevo confrontados y sustentados por las partes.
El procurador regional Juan Carlos Bautista anunció en marzo pasado que copia del proceso que solicitó a la oficina jurídica del municipio fue remitido por su despacho a la Procuraduría Provincial, para que, de llegar a existir en un futuro situaciones refutadas como presuntamente irregulares, se inicien las acciones disciplinarias que correspondan.
Gerardino recalcó que el hecho de que se haya decretado la nulidad del primer proceso no quiere decir que las denuncias hechas en un comienzo sobre la construcción ilegal de la capilla sean falsas, “eso se tendrá que aclarar en el nuevo proceso que se va a iniciar”, dijo.
