El Consejo de Estado compulsó copias a la Fiscalía y a la Justicia Penal Militar para que investigue la presunta participación de integrantes de la Fuerza Pública en la comisión de delitos de lesa humanidad, derivada de tres masacres perpetradas por las autodefensas en 1999 en La Gabarra, Norte de Santander.
La compulsa de copias que también va dirigida a la Procuraduría General de la Nación pide que se investiguen las circunstancias en que tuvieron lugar tres incursiones “sistemáticas” de las AUC, llevadas a cabo en el corregimiento de La Gabarra los días 29 de mayo, 17 de julio y 21 de agosto de 1999, “en las que posiblemente hubo participación facilitadora de miembros de la Fuerza Pública”.
La Sección Tercera estudio una demanda contra la nación, presentada por las lesiones físicas y el desplazamiento forzado sufridos por Jairo Cáceres Silva, como consecuencia de la masacre del 21 de agosto de 1999 cuando fueron asesinadas, al menos, 35 personas.
La Sección declaró dicha masacre como de lesa humanidad e indicó que los hechos son fáctica y jurídicamente atribuibles a la responsabilidad de la Nación por la ausencia total de la fuerza pública en el corregimiento La Gabarra del municipio Tibú, que facilitó y contribuyó al desarrollo de las actividades delincuenciales desplegadas por los grupos armados ilegales de la región.
Con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, la Sala condenó al Estado, representado en el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por omisión en el servicio ya que a pesar que se venían presentado incursiones en la zona, ese día no había Fuerza Pública en el municipio de Tibú (no había estación en La Gabarra) e incluso algunos testigos indicaron que integrantes del Ejército, con base a 200 metros de la localidad, pasaron por las casas, diciéndoles que se encerraran porque podía pasar algo y luego la dejaron abandonada.
“La Sala encuentra que la Fuerza Pública, concretamente el Ejército Nacional, pese a conocer la incursión de grupos paramilitares en la zona, omitió su deber constitucional de diseñar las estrategias, protocolos y políticas de seguridad dirigidos a reducir los riesgos a los que normalmente se encontraban expuestos los habitantes de La Gabarra, y por el contrario abandonó a aquella población a su suerte”, señaló la Sala.
En el fallo, el Consejo de Estado deja en claro que por estos hechos son responsables tanto la Nación como las AUC “y sus miembros que en actos de barbarie y con pleno desconocimiento de la normatividad convencional y constitucional incursionaron en el corregimiento de La Gabarra y atentaron contra la integridad física de la mencionada víctima y dieron muerte a otro tanto de la población civil”.
La Sala igualmente compulsó copias a la Fiscalía para que se investigue la situación de conflicto generalizado de la población de la Gabarra y Tibú, derivado de los plantíos de coca y las luchas entre los grupos armados al margen de la ley que operan en el sector y se disputan el control territorial para mantener dichos plantíos.
Por la masacre del 17 de julio de 1999, donde fueron asesinadas siete personas, fueron condenados en 2007 por la Corte Suprema de Justicia, los integrantes de la Policía Nacional Harbey Fernando Ortega Ruales (mayor), Arturo Elías Velandía Narváez, Luis Elías Toloza Arias y Gustavo Lobo Ortega (agentes) por los delitos de homicidio agravado con fines terroristas y homicidio en el grado de tentativa.
Bogotá | Colprensa
