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Nulidad de matrimonio: más corta y más económica
El cambio sustancial radica en que en estos procesos habrá una sentencia de única instancia y la decisión directa la podrá tomar el obispo.
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Martes, 8 de Septiembre de 2015

No hay modificaciones y la causales siguen siendo las mismas; aunque los costos serán más bajos y los trámites más expeditos. Esa es la conclusión a la que se puede llegar tras escuchar las explicaciones de monseñor Juan Vicente Córdoba, obispo de Fontibón y presidente de la Comisión de Vida de la Conferencia Episcopal, de cara a los dos decretos papales (‘motu proprio’) que emitió el Sumo Pontífice y los cuales se denominan: ‘Mitis Iudex Dominus Iesus’ y ‘Mitis et misericors Iesus’. 

El cambio sustancial radica en que en estos procesos habrá una sentencia de única instancia y la decisión directa la podrá tomar el obispo, en casos que sean muy claros. Esta es una forma de “acercarse a los fieles que se alejan ante las estructuras jurídicas de la Iglesia a causa de las distancias física o moral", señaló el Papa. 

Monseñor Libardo Ramírez, presidente del Tribunal Eclesiástico, habló con COLPRENSA sobre esta novedad. 

-¿Qué fue lo que se decidió y cuáles son los alcances? 

Lo primero es que los señores obispos le pongan más atención a esto, pues muchos habían dejado estos temas de juicios de nulidad a un bicario, a quien le ponían muchas más responsabilidades y le daban muy poco tiempo para estos casos. 

Ahora se está pidiendo mucha más responsabilidad, que se dedique a una persona especialmente para estos asuntos, que a los jueces se le den asesores. Antes los jueces mandaban todo a unos tribunales regionales, y ahora se les pide que lo hagan ellos mismos, y si no pueden que se asocien, y ya en último caso que pase a un tribunal. 

- ¿Cómo estaba antes este tema de las instancias? 

Para que antes se aprobara una petición de estas se necesitaba que los dos fallos fueran iguales, es decir, en el mismo sentido, se aprobaba la reclamación y se consideraba causa juzgada. Ahora con una sola instancia, con un juez muy juicioso puede dar la decisión, y en caso de que las partes estén en desacuerdo, pues apelan y al caso subirá a otra instancia. Sino pasa eso, pues queda en firme. Dado el caso se podrían enviar a Roma. 

- ¿Los decretos papales abren la puerta para el divorcio? 

No. El santo padre deja en forma la indisolubilidad del matrimonio, sigue siendo hasta que la muerte los separe. Lo que se está es buscando que esos casos sean mucho más expeditos. 

- ¿Cuáles son algunas de las causales? 

Que haya impedimentos por edad, impotencia para engendrar, el parentesco y lo que vicie el consentimiento, etc. Si alguna de estas causas se presenta el matrimonio es nulo. 

- ¿Cuánto demora una disolución de un matrimonio? 

En primera instancia se busca que no pase más de un año, y en segunda instancia que no pase de seis meses. Así las cosas, se puede llegar a los 18 meses, en casos a los dos años. De llegar a Roma el caso, hay veces en que se pueden demorar hasta 10 años. 

- ¿Cuánto va a tardar ahora un proceso de nulidad? 

Se espera que no se pase más de seis meses. 

- ¿Hay casos represados? 

Mire, hace doce años, cuando llegue al Tribunal Nacional, se estaban atendiendo unos 600 casos, hoy al año se están sacando 1.200. Los represamientos se dan porque la gente abandona los casos, o porque la gente interpone la nulidad, y no paga. 

- ¿Cuánto puede costar la nulidad de un matrimonio? 

Por lo general es un salario mínimo, le hablo de segunda instancia. A esto se suman las costas. En primera instancia, puede estar en cerca de dos salarios mínimos. Pero la idea es que quien más tiene más pague, y el que no tenga que no pague. Esta es la manera de subsidiar a los más pobres. 

- ¿Esta decisión podría hacer que muchas más personas acudan a esta vía, por lo menos de quienes habían dejado de lado esta decisión por los trámites y los costos? 

Quizás sí. 

- ¿Este es un paso para acercar la iglesia a la gente y viceversa? 

Sí, sin duda. La idea es atender mejor a la gente. 

El cambio

Hasta antes de emitirse estas directivas el Derecho Canónico exigía que cada causa fuese analizada por dos tribunales en instancias sucesivas. Una vez terminada la primera fase, un tribunal inmediatamente superior tenía que confirmar la decisión de primera instancia para que la sentencia pudiese ser considerada en firme. 

Otro de los aspectos relevantes es la existencia desde ahora de un juez único, bajo responsabilidad del obispo (proceso breve), pues hasta el momento los casos relacionados con la nulidad matrimonial se enjuiciaban colegiadamente (tres jueces). De la misma manera, se da potestad al obispo para que se encargue de juzgar "los casos de nulidad más evidentes". 

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