El Ministerio de Trabajo radicó la nueva reforma laboral de 92 artículos. El proyecto, en líneas generales, mantiene gran parte de la estructura que tenía el presentado en marzo de este año y entre los cambios a resaltar está la cotización a tiempo parcial.
Este punto también se planteó en el articulado de la reforma pensional. En este último proyecto, de hecho, ya se crea la figura de cotización a tiempo parcial, la cual permite la laboralidad de sectores con flexibilidad horaria e intermitencia, temporalidad y jornadas parciales en sus vinculaciones.
Lea además: El temor en Colombia que dificulta el comercio con Venezuela
El planteamiento del proyecto laboral, entonces, sería un complemento y en él se desagregan aquellos sectores en los que se haría más énfasis con esta medida. Esto se define específicamente en el artículo 26, en el que se habla de seguridad social para trabajadores de plataformas de reparto.
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, señaló que también incluyeron a los micronegocios, para que estos puedan acceder a seguridad social. “La contratación a tiempo parcial permitirá que más sectores accedan a la formalización”.
“En relación con los trabajadores y trabajadoras independientes y autónomos, y sin que ello desnaturalice tal condición, la empresa de plataforma digital de reparto concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60%, frente a 40% a cargo de la persona trabajadora”, dice el artículo.
Le puede interesar: ¿Por qué los carros venezolanos internados no pueden circular por todo el país?
Así mismo, en el artículo 31, en el que se define el jornal agropecuario, también se detalla que “la afiliación y cotización de las personas con contrato de trabajo agropecuario que devenguen un jornal agropecuario será en calidad de dependientes en la modalidad de tiempo parcial contempladas en las normas que le regulen, y realizarán las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral incluyendo el aporte de subsidio familiar sobre el jornal agropecuario devengado sin incluir el factor prestacional de 30%”.
Sobre esta modalidad, cabe recordar que originalmente el sistema prohibía las cotizaciones por valor inferior al salario mínimo legal. Así lo explicó Javier Almanza, experto en derecho laboral, quien agregó que "ahora vendrá el gran reto desde el punto de vista administrativo de diseñar la plataforma para que las cotizaciones sean proporcionales al contrato y al tiempo trabajado. Hay que recordar que un trabajador contratado por tiempo parcial es aquel que trabaja una jornada inferior a la ordinaria".
Lea también: ¿Para cuándo la reapertura del puente internacional La Unión de Puerto Santander?
Almanza agregó que “esta medida, iría alineada con uno de los propósitos de la reforma pensional, lo cual inicialmente es la ayuda a la cotización y financiamiento del sistema”.
Karla Escobar, experta de CMM Abogados, añadió la salvedad de que, como tal, la cotización a tiempo parcial ya existía con el decreto 2626 de 2013.
“Con la reforma se extiende el alcance ya definido en el decreto a otro tipos de contratos especiales. Cotizar hoy a tiempo parcial se puede sobre el salario mínimo, pero la reforma no define puntos específicos como cuál sería el Ingreso Base de Cotización”.
Lo cierto es que la radicación nuevamente puso sobre la mesa la discusión de la necesidad de cambios al sistema laboral del país. Entre otras propuestas están nuevas medidas para periodistas, artistas y deportistas. La reforma también promoverá el teletrabajo, y la protección de los trabajadores ante la descarbonización y la automatización. También incluye licencias de paternidad de 12 semanas y auxilios de conectividad.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion
Diario La República