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Economía
Hay ‘amores’ que estafan, una realidad en Cúcuta y otras ciudades de Colombia
No todo desamor es un delito. Pero cuando una relación se utiliza para engañar y obtener dinero, puede existir una estafa. 
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Leonardo Oliveros
Leonardo Favio Oliveros
Domingo, 16 de Agosto de 2026

Durante varios años, *Mariana Torres hizo creer a *Carlos Méndez, un colombiano radicado en Estados Unidos, que una menor de edad era su hija. Convencido de que estaba cumpliendo con sus responsabilidades como padre, comenzó a enviar periódicamente dinero para cubrir los gastos de manutención, educación y necesidades de la niña. 

La situación se mantuvo así durante años, hasta que una serie de dudas llevaron al hombre a investigar y descubrió que no era el padre biológico. Méndez estaba frente a una ‘estafa amorosa’.


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Las autoridades establecieron que Mariana había engañado deliberadamente a Carlos para obtener recursos económicos, por lo que fue condenada. La decisión judicial puso fin al engaño del que fue víctima el hombre durante varios años.

La anterior historia corresponde a un caso estudiado por la Corte Suprema de Justicia en la sentencia SP12833-2017, en el que se acreditó el engaño. La alta corporación también ha estudiado otros procesos en los que un vínculo sentimental fue utilizado como instrumento para obtener beneficios económicos. 

Enamoró a una viuda para quedarse con una casa

Después de quedar viuda, *Marta Rodríguez creyó que había encontrado nuevamente el amor en *Julián Herrera, quien comenzó a cortejarla y a ganarse poco a poco su confianza. Lo que ella no sabía era que detrás de las muestras de cariño existiría un plan para quedarse con parte de su patrimonio.

Según el proceso judicial (Rad. 39054 de 2012), Julián habría aprovechado la confianza de Marta para hacerle firmar varios documentos bajo engaño, con los que pretendía apropiarse de un inmueble. Sin embargo, el plan fue descubierto ante de concretarse. 

La justicia halló una instrumentalización del amor, es decir, el victimario usó el afecto como herramienta para ejecutar el fraude, y, por ello, mantuvo las condenas en contra de Herrera por tentativa de estafa, falsedad y fraude procesal. 


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La confianza terminó en condena

*Cristina Montes logró ganarse la confianza de la familia de *Miguel Salazar durante varios años. Conocía sus asuntos personales y patrimoniales, por lo que nadie sospechó cuando comenzó a realizar gestiones relacionadas con uno de sus inmuebles. 

Sin embargo, detrás de esa cercanía, según determinó la justicia (SP4316-2019), existía otro propósito: apropiarse de la propiedad. La mujer acudió a actuaciones encaminadas a darle apariencia de legalidad a la operación. 

Tras el proceso judicial, se mantuvo la condena contra Cristina por estafa agravada y fraude procesal, al concluirse que aprovechó la cercanía con la familia para ejecutar el engaño.

Según la abogada Valeria Canosa, magíster en Derecho Penal de la firma Cafore Abogados, estos casos tienen un elemento común: la justicia no castigó el fracaso de una relación sentimental, sino el uso deliberado de esa relación como mecanismo para inducir a error a la víctima y obtener un beneficio patrimonial.

¿Legalmente existe la estafa amorosa?

El abogado Fabio Castro, director de Cafore Abogados, explicó que, aunque el Código Penal de Colombia no contempla el delito de estafa amorosa, esta clase de comportamiento encaja en estafa.

Castro manifestó que el artículo 246  de la norma exige que debe acreditarse un artificio o engaño que lleve a la víctima a actuar bajo un error y, como consecuencia, entregue dinero, bienes o cualquier ventaja patrimonial, generando un beneficio ilícito para el autor y un perjuicio económico para quien confió. 

Por eso, de acuerdo con el jurista, no basta con demostrar que existió una relación sentimental, que se prometió matrimonio o que la relación terminó de manera inesperada. Para hablarse de una posible estafa deben acreditarse, entre otros elementos, un engaño previo o concurrente, el error de la víctima, la entrega de dinero o bienes, el perjuicio económico y el beneficio ilícito obtenido por la otra persona.

Resaltó que la justicia no sanciona el desamor, sino el engaño y, en este caso, la diferencia entre una decepción sentimental y una estafa depende de la prueba del engaño.

Agregó que durante muchos años estos casos se percibían únicamente como conflictos sentimentales. Sin embargo, la Corte Suprema ha venido delimitando un criterio muy claro.

El abogado destacó que lo importante no es que la relación termine, sino demostrar que el engaño existía desde el momento en que se solicitó el dinero.

Extranjeros, también víctimas

La abogada Valeria Canosa expresó que, aunque en el país no existe una categoría estadística específica sobre las llamadas estafas amorosas, los precedentes judiciales muestran que varias de las víctimas han sido extranjeras, quienes iniciaron relaciones sentimentales con personas en el país y posteriormente realizaron transferencias de dinero convencidos de que estaban construyendo un proyecto de vida en común.

La experta en Derecho Penal de la firma Cafore Abogados afirmó que, en la práctica, colegas que atienden este tipo de procesos advierten que estas situaciones suelen presentarse en ciudades con alta dinámica turística, empresarial y migratoria como Cúcuta, Medellín, Bogotá y Cali, donde es más frecuente la interacción entre ciudadanos colombianos y extranjeros. 

Sostuvo que cada caso debe analizarse individualmente porque la existencia de una relación sentimental nunca permite presumir la comisión de un delito.

“No significa que estas ciudades sean más peligrosas, sino que reúnen factores que aumentan la probabilidad de que se presenten este tipo de casos: mayor flujo de turistas y extranjeros, uso frecuente de aplicaciones de citas, relaciones a distancia y un importante movimiento migratorio”, agregó la abogada.

La jurista de Cafore Abogados aclaró que el riesgo no está asociado a la nacionalidad, sino a la conducta fraudulenta de quien instrumentaliza una relación afectiva para obtener dinero o bienes.

 

Abogada Valeria Canosa.
Abogada Valeria Canosa.

 

¿Se puede recuperar el dinero? 

Valeria Canosa subrayó que, cuando el matrimonio no se celebra, no todos esos desembolsos pueden reclamarse automáticamente, pues, la legislación colombiana no indemniza el simple incumplimiento de una promesa matrimonial. 

No obstante, sí permite solicitar la restitución de los bienes entregados bajo la condición específica de que la boda se hará. Además, cuando se demuestra que la relación o la promesa matrimonial fueron utilizadas deliberadamente para obtener dinero mediante engaño, la víctima puede reclamar la reparación de los daños.

Los expertos destacaron que uno de los principales interrogantes es si la víctima puede recuperar el dinero o los bienes. La respuesta depende de las pruebas y de las circunstancias de cada caso.

  • Sí hay restitución: el artículo 112 del Código Civil permite demandar la restitución de las cosas donadas y entregadas bajo la condición de un matrimonio que finalmente no se celebró. Igualmente, si hubo engaño, se puede solicitar la indemnización de perjuicios causados con la conducta delictiva.
  • No hay restitución: los regalos propios de una relación como joyas, viajes, ropa, etc., entregados voluntariamente como muestra de afecto no deben ser devueltos por el simple hecho de que la relación termine o la boda no se realice.

¿Lo engañaron? Guarde estas pruebas

  • Conversaciones de WhatsApp.
  • Mensajes y correos.
  • Comprobantes de transferencias.
  • Consignaciones.
  • Audios.
  • Documentos firmados.
  • Evidencia de las promesas realizadas.
  • Cronología de las entregas de dinero.

“En muchos casos, más que una sola prueba contundente, lo que convence al juez es la reconstrucción cronológica de los hechos y la coherencia entre todas las evidencias”, aseguró Valeria Canosa.

Los daños psicológicos

En estos casos, la víctima no solo pierde económicamente, también puede tener consecuencias sobre su salud emocional.

Para la especialista en Psicología Clínica, Ana Milena Villamizar Valencia, socia de Cebiem, una 'estafa amorosa' puede llevar a la víctima a sentir que perdió la confianza que había depositado en alguien, el vínculo construido y, en muchos casos, un proyecto de vida. 

 

Psicóloga Ana Milena Villamizar.
Psicóloga Ana Milena Villamizar.

 

Explicó que esto puede generar en la persona estafada sentimientos de culpa, vergüenza, rabia y cuestionamientos sobre sus propias decisiones y decirse “¿cómo no me di cuenta?” o “fui ingenuo (a)”. También ansiedad, tristeza, baja autoestima, inseguridad y dificultad para volver a confiar en otras personas.

“He atendido casos en los que las personas han hecho inversiones económicas importantes dentro de una relación, vinculándolas a proyectos de vida compartidos. En algunos, se han destinado recursos para la adquisición de una vivienda y, tras la terminación de la relación, la persona no solo enfrenta la pérdida de lo invertido, sino de las expectativas asociadas a ese proyecto”, señaló la psicóloga.

Villamizar dijo que estas son situaciones complejas, porque implican llevar el duelo por la relación y por un proyecto de vida que ya no se va a desarrollar como se había imaginado. Por eso, es importante acompañar a la persona en la recuperación de su autonomía, evitando que la experiencia se convierta en una fuente permanente de culpa o desconfianza.

El castigo

La pena por estafa oscila entre 32 y 144 meses de prisión, además de multa, dependiendo de las circunstancias del caso y del monto defraudado. El castigo puede aumentar cuando concurren circunstancias agravantes previstas en la ley o cuando además se configuran otros delitos, como falsedad en documento o fraude procesal.

Adicionalmente, la persona condenada puede ser obligada a reparar integralmente a la víctima, lo que comprende la restitución del dinero obtenido mediante engaño y la indemnización de los perjuicios cuando estos sean demostrados dentro del proceso.

*Nombres cambiados.


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