El Congreso salió en defensa de la decisión de realizar la posesión de Abelardo de la Espriella en Cali. En un documento enviado al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Senado de la República expuso seis argumentos con los que pidió negar las medidas cautelares que buscaban suspender la ceremonia prevista para este 7 de agosto.
El escrito, firmado por el secretario general del Senado, Diego Alejandro González, según conoció Semana, sostiene que el traslado temporal de la sede del Congreso a la capital del Valle del Cauca fue aprobado por el Senado y la Cámara de Representantes con fundamento en la Constitución (que señala que el Legislativo puede sesionar fuera del Capitolio en situaciones extraordinarias por votación de los parlamentarios), siguiendo las reglas de deliberación, cuórum y mayorías.
Y es que si bien en la noche del martes el Consejo de Estado negó una demanda que buscaba tumbar la posesión de De la Espriella en Cali, lo cierto es que el evento afronta un segundo litigio en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Un ciudadano radicó el martes 4 de agosto una acción popular contra los costos y traslados parlamentarios -que serán asumidos por el Congreso- de la posesión en Cali.
¿Cuáles son los argumentos del Congreso?
Uno de los principales argumentos del Senado fue que la solicitud de suspensión no cumple con el soporte probatorio exigido por la ley. Según la corporación, la demanda se basa principalmente en estimaciones económicas sin certificación y riesgos planteados de manera general, sin demostrar una amenaza cierta, grave e inminente que pueda atribuirse al Congreso.
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El documento también advierte que suspender la ceremonia implicaría intervenir anticipadamente en una decisión adoptada por el poder legislativo y condicionarla a la entrega de documentos cuya elaboración y custodia corresponde a otras entidades del Estado.
En esa línea, el Senado precisó que únicamente puede responder por la documentación que hace parte de su competencia, como la proposición aprobada, los registros de votación, las certificaciones secretariales, las actas y las comunicaciones oficiales. En contraste, explicó que los soportes relacionados con contratación, presupuesto, logística, seguridad, atención sanitaria o gestión del riesgo deben ser aportados por las entidades responsables de esos procesos.
Además, señaló que toda la información solicitada por los demandantes puede incorporarse al expediente mediante la práctica de pruebas, sin necesidad de suspender la decisión adoptada por el Congreso. A juicio de la corporación, este mecanismo garantiza el desarrollo del proceso judicial sin afectar la autonomía parlamentaria.
Con base en esos argumentos, el Senado pidió negar las medidas cautelares, dar por rendido el informe solicitado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y reconocer que no existe una actuación que justifique restringir la competencia constitucional con la que fue aprobada la realización de la posesión en Cali.
La otra demanda en el Consejo de Estado
Y mientras tanto, otra solicitud de suspensión fue presentada por el abogado Luis Guillermo Pérez y un colectivo ciudadano, quienes buscaron frenar la posesión del presidente electo, Abelardo de la Espriella, y del vicepresidente electo, José Manuel Restrepo, en Cali.
Entre los argumentos de la demanda figura la doble nacionalidad de De la Espriella. Los accionantes sostienen que el mandatario electo, quien adquirió la ciudadanía estadounidense en 2023 y también posee nacionalidad italiana, tendría una incompatibilidad para ejercer la Presidencia.
Horas después de conocerse la defensa presentada por el Congreso, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó la solicitud de medidas cautelares al considerar que no existían pruebas suficientes para demostrar una afectación inmediata al orden constitucional.
Con esa decisión, por lo pronto, la posesión presidencial del próximo 7 de agosto quedó en firme en la capital del Valle del Cauca.
Tomado de El Colombiano.
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